La justicia deportiva en la participación del Osasuna en la UEFA Conference League

Análisis17 diciembre 20235 Minutes

A la finalización de la temporada 2022/2023, el Club Atlético Osasuna acabó clasificado en el 8º puesto de la LaLiga EA Sports, lo que le daba derecho a participar en la UEFA Conference League para la próxima temporada. Sin embargo, los efectos del “Caso Osasuna”, con las condenas penales por amaños, provocaron que la Comisión de Ética y Disciplina de la UEFA decretase su exclusión de la competición.

El club navarro recurrió la exclusión ante el TAS, alegando la falta de implicación en casos de amaños durante los últimos años, así como la adopción de medidas que ayudaran a esclarecer el “Caso Osasuna” y la prevalencia del resultado deportivo cosechado por el club navarro. Ahora bien, ¿cuáles son los elementos que han repercutido en la revocación de la exclusión de la competición?

En primar lugar, toca acudir a la reglamentación de la propia competición. El art. 4.02 determina lo siguiente:

(….) “Para ser elegibles para participar en la competición, los clubes deben:

g) No haber estado directa e indirectamente involucrados, desde la entrada en vigor del Artículo 50(3) de los Estatutos de la UEFA, es decir, el 27 de abril de 2007, en ninguna actividad destinada a organizar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional, y confirmar esto por escrito a la administración de la UEFA.

h) Informar a la UEFA sobre cualquier procedimiento ante órganos disciplinarios o tribunales estatales que involucre al club o a sus funcionarios en cualquier actividad destinada a organizar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional, ya sea que el club o sus dirigentes hayan sido absueltos o no.

A este respecto, debe indicarse que la última resolución judicial que pone fin al proceso penal en la justicia española (Sentencia del Tribunal Supremo nº 61/2023 de 13 de enero de 2023) reconoce la ilegítima extracción de fondos del Club Atlético Osasuna, así como una indemnización por la responsabilidad civil solidaria derivada de la comisión del delito de corrupción deportiva que se cifra en 2.340.000 € más los intereses legales. A todo ello, se une la exclusión de la responsabilidad penal del club por la Audiencia Provincial de Navarra mediante Auto motivado de 2 de marzo de 2016.

En concreto, la Audiencia Provincial de Navarra descartó la imputación del Club Atlético Osasuna por los siguientes motivos:

  • La responsabilidad de la persona jurídica no puede derivarse de forma directa y automática por las conductas delictivas que puedan cometer las personas vinculadas a la entidad deportiva.
  • La inexistencia de incumplimientos graves de los deberes de vigilancia, supervisión y control de su actividad, porque el propio club mantuvo una actitud colaboradora en todo momento con la justicia y disponía de medidas suficientes para la erradicación de conductas como la corrupción deportiva.

En atención a la falta de una condena penal expresa por corrupción deportiva, el Club Atlético Osasuna apostó por luchar por la protección de sus derechos deportivos y acudió al TAS. Para hacer posible la tramitación del expediente arbitral, el club aportó una serie de pruebas documentales en las que se evidenciaba la condición de víctima de la entidad deportiva en el caso de corrupción, descartándose su participación activa en la comisión de los hechos delictivos.

Por ello, una vez comprobadas las pruebas, la UEFA apostó por valorar la labor desempeñada por el club para la aclaración de los hechos y su condición de víctima. El Osasuna activó la fórmula del Consent Award ante el TAS, a través de la cual se produjo la ratificación del acuerdo alcanzado para la recalificación del club navarro como elegible para la participación en la UEFA Conference League 2023/2024.

Este caso demuestra la necesidad imperiosa de interpretación de las normas de las competiciones deportivas, cuya aplicación literal puede producir serios perjuicios a los clubes participantes de las mismas. Aunque el Club Atlético Osasuna logró el restablecimiento de estos derechos deportivos, cayó eliminado en la fase de play-offs por el Club Brujas.

 

José Carlos Pérez Arias
Abogado especialista en derecho deportivo y alumni del Máster Internacional en Derecho del Fútbol