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Unionistas, fútbol popular y la conversión de los clubes en SAD

Análisis31 marzo 202110 Minutes

En el año 2013, tras la desaparición de la Unión Deportiva Salamanca, se crearon dos clubes en la ciudad castellanoleonesa, ambos nacidos de un mismo sentimiento, pero que tomaron dos caminos diferentes: Salmantino y Unionistas. 

Este último surgió en la esfera del denominado fútbol popular, movimiento que comenzó en el año 2007 con la creación del Atlético Club de Socios, al que siguió en 2009 la nueva Sociedad Deportiva Logroñés, así como en 2010 la refundación del Ciudad de Murcia (desaparecido por la nefasta gestión económica de sus propietarios), y posteriormente otros clubes nacientes como el Xerez Deportivo Fútbol Club o la Unión Deportiva Ourense.

En el ideario de estos clubes se encuentran unos valores comunes, tales como el de la adopción de un modelo asambleario, la participación activa de los socios en la vida diaria del club y el alejamiento del modelo de gestión que llevó a la mayoría de sus predecesores a la ruina.

El problema puede surgir cuando alguno de estos clubes alcance una categoría profesional, ya que en España es preceptiva la adopción de la forma mercantil de Sociedad Anónima Deportiva (o “SAD”) para competir en Primera y Segunda División, lo cual podría dar al traste con la filosofía imperante en estas asociaciones.

Y esa hipótesis puede convertirse en realidad ya que Unionistas va a luchar por ascender a Segunda tras clasificarse para la siguiente fase, en la que buscará un puesto en la categoría de plata del fútbol español.

Las Sociedades Anónimas Deportivas fueron creadas por la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte (“LD”). La SAD es una sociedad anónima especial, que tiene como objeto social la participación en competiciones deportivas profesionales, y cuya forma será obligatoria adoptar para los clubes profesionales que cumplan dicha condición, como se puede apreciar a raíz de la lectura de los artículos 19.1 y 19.3 de dicha ley (amén de las consabidas excepciones de FC Barcelona, Real Madrid, Athletic Club y Osasuna). 

La creación de esta figura buscaba, según el Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas, “aproximar el régimen jurídico de las sociedades anónimas deportivas al del resto de entidades que adoptan esta forma societaria, permitiendo una futura cotización de sus acciones en las Bolsas de Valores y, simultáneamente, establecer un sistema de control administrativo sobre el accionariado y la contabilidad de estas sociedades, con el fin de velar por la pureza de la competición y proteger los intereses públicos y de los potenciales inversores”, dejando atrás el tratamiento legal dado a los clubes deportivos en la Ley de Cultura Física y del Deporte de 1980, considerados por ésta como asociaciones privadas con un fin puramente deportivo y alejado del ánimo de lucro.

En las últimas semanas había surgido la duda de si la Primera RFEF, nueva categoría del fútbol español (a partir de la temporada 2021-22 será la tercera categoría), tendría la consideración de competición profesional, obligando así a varios de los clubes que participarán en la misma a adoptar la forma de SAD. Mediante Nota Informativa de fecha 24 de marzo de 2021, la Federación Española se refirió a ella como “la más importante de las categorías masculinas no profesionales a nivel nacional”. Por lo tanto, habría que descartar esta posibilidad por el momento.

Del Anteproyecto de Ley del Deporte aprobado a principios de 2019 por el Consejo de Ministros, se desprende que la situación tratada en este artículo podría variar próximamente, ya que en su Preámbulo se reconoce la necesidad de replantear este modelo, proponiendo como solución garantizar el acceso a las competiciones profesionales de cualquier entidad deportiva, sea cual sea su forma jurídica.

Sin embargo, el Anteproyecto quedó paralizado en fase de enmiendas, por lo que si el conjunto de Las Pistas asciende a Segunda División debería convertirse en SAD, pues la consecuencia de no hacerlo es la de no poder participar en esta liga, y por ende, la del correspondiente descenso, algo que ya le ocurrió al Burgos CF en el año 2002.

No obstante sí podría competir en la primera temporada tras el ascenso, ya que evidentemente el proceso no es automático y el Consejo Superior de Deportes puede conceder prórrogas en determinadas circunstancias. Una primera temporada en la que la junta unionista tendría que presentar un aval por el 15% del presupuesto del club.

Ya en 2010, la Subcomisión sobre el Deporte Profesional en España elaboró un informe en el que concluyó que “el modelo implantado por la ley actualmente vigente de las sociedades anónimas, no ha dado los frutos esperados y, en particular, no ha impedido que se siga generando un importante endeudamiento en el fútbol”, y apunta hacia la elaboración de un nuevo sistema que otorgue libertad de elección en la forma asociativa (SAD o clubes deportivos) [1].

Como consecuencia de lo expuesto, Unionistas, en caso de ascender, tendría que renunciar a buena parte de su identidad para seguir progresando en la escala competitiva y pasar a denominarse Unionistas de Salamanca Club de Fútbol SAD. Su Presidente, Miguel Ángel Sandoval, confía en la llegada de la nueva Ley del Deporte, y de no ser así, propone alternativas como “dividir las acciones de la Sociedad Anónima Deportiva entre los socios para que nunca pierdan el control del club” [2].

De hecho, en los Estatutos Sociales del club blanquinegro se recoge como plausible la aparición de esta situación, más concretamente en su artículo 7º: “El club fomentará el espíritu democrático y se regirá bajo la modalidad de un socio, un voto. Quedando así en manos de aquellos unionistas que quieran participar en él, siempre y cuando la normativa no obligue a cambiar esta forma para competir en una categoría lograda por méritos deportivos.”

Ante la inacción del legislador no parece conveniente esperar que esta obligación deje de existir en un futuro cercano. El pronunciamiento más reciente sobre la cuestión se produjo el pasado 11 de marzo, cuando la que hasta hace escasos días era Presidenta del CSD, Irene Lozano, declaró en la Comisión de Cultura y Deporte del Senado que esta reforma legislativa llegaría “con mucha prontitud”, en referencia a la nueva LD. Pero lo cierto es que menos de dos semanas después dejó su cargo, sumiéndonos por enésima vez en un nuevo período de incertidumbre y volviendo a poner en tela de juicio la preocupación de nuestros políticos por el deporte.

Lo que sí es claro es que los clubes pertenecientes a esta tendencia del fútbol popular tratarán por todos los medios de preservar su idiosincrasia, sea cual sea la forma mercantil que hubieren de adoptar en un determinado momento y, tal y como puede leerse en la web de Unionistas, continuar siendo una “entidad democrática” en la que todos sus socios tengan voz y voto, gobiernen su propio club y participen en la toma de decisiones.  Porque hay aficiones como la unionista que, además de querer que su equipo alcance las metas más altas, desea por encima de todo conservar sus valores.

Miguel Perea
Alumno del Máster Internacional en Derecho del Fútbol


[1] Extraído del libro Sociedades Anónimas Deportivas. Régimen Jurídico Actual, página 35, de Isabel Ramos Herranz (Editorial Reus, 2012).
[2] Extraído del artículo El sueño del ascenso del Unionistas y evitar la SAD de Alejandro Segalás para La Gaceta de Salamanca.