Tarjeta roja

La razonabilidad de la norma en el deporte

Opinión5 marzo 20248 Minutes

El Real Madrid no pudo alcanzar su triunfo frente al Valencia por una situación que seguramente abrirá una gran polémica, ríos de tinta y horas de debate en televisión y radio.

El colegiado Gil Manzano, hombre de enorme experiencia, pita segundos antes que el jugador merengue Jude Bellingham conecta un cabezazo contra el arco valenciano para decretar el tercer gol y con él la victoria del Madrid.

Si nos dirigimos al reglamento la actuación del colegiado es indiscutible pues pitó el final del partido antes de que ese disparo ingresara al arco. Todo fue cuestión de segundos y el video muestra como lleva su silbato a la boca en el momento del centro de Brahim Diaz al área valencianista.

Además del resultado en empate, cerrado el tiempo reglamentario Gil Manzano expulsó a Bellingham por su protesta incesante, cuestión que también es acorde a las reglas del futbol.

Una situación similar, pero a mi entender más grave, se dio en el mundial de futbol en Argentina en 1978, en el debut de Brasil frente a Suecia. Los europeos habían comenzado en ventaja y tras el empate a uno ya en tiempo adicional el árbitro gales Live Thomas otorga un córner al equipo sudamericano que Nelinho se encarga de ejecutar al área para que la gran figura de Zico conecte y Brasil gane el encuentro 2 a 1. 

Notable sorpresa fue cuando el juez anglosajón terminó el encuentro con la pelota en el aire llegando al jugador brasileño. Por supuesto que el tanto fue invalidado y Brasil y Suecia empataron a 1.

En algunos artículos que escribí sobre el VAR manifesté mi idea de que había sido una excelente medida crearlo, que ayudaría mucho al futbol como el ojo del halcón al tenis, o el video asistente en el baloncesto.

Es la medida de mejor proveer con la que cuenta los árbitros para tener mayor seguridad y confianza en las sanciones que marcan. Pero advertí también que como toda norma debía regularse su ejercicio, o de lo contrario se encontraría en problemas constantemente.

Muchas personas que no conocen en profundidad el reglamento desconocen que cuando un juez prorroga el juego se obliga para con las partes a no jugar menos que ese tiempo indicado.

Hablando con el querido amigo y brillante árbitro sudamericano Horacio Elizondo (recordado en la final del 2006 cuando expulsó correctamente a Zidane), me recordaba que si bien FIFA ha señalado con acierto que los árbitros deben seguir marcando cuando el juego se detiene y consideran seguir descontando minutos, por lesiones o cambios de jugadores, o interrupciones por distintos motivos.

Es preciso, señalaba Elizondo que se muestre eso para que tanto el público como los protagonistas sepan que el juego seguirá extendiéndose en el tiempo, y de esa manera otorgar una mayor seguridad y confianza en el trabajo de la autoridad del partido.

Llevado al plano de lo jurídico, coincidimos que lo del colegiado español fue un claro acierto positivista de cumplir la norma y cortar el juego cuando él entendía que debía hacerlo. La cuestión es observar si realmente, al igual que el Gales Thomas hace 46 años atrás, obraron con el más común de los sentidos, sobre todo este último que cedió un saque de esquina para que prácticamente no se ejecutase.

Los principios del derecho que aconsejaran en esta situación tendrían que ver más con la congruencia o la coherencia del accionar del director del juego, o la razonabilidad entendiendo a ésta como una característica de la razón humana. Un hecho tendrá razonabilidad si cuenta con elementos válidos que lo sustentan. El árbitro entiendo que en su coherencia lo tiene claro de aplicar la norma tal cual lo expresa, en lo que respecta a su congruencia que es ese principio por el cual un juez al dar sus conclusiones debe ser concordante con la petición de las partes.

Los jugadores del Valencia coincidieron en darle la razón al enojo de los jugadores del Madrid porque saben que con esos criterios en algún otro momento también pueden ser ellos los que se vean perjudicados.

Es allí donde volvemos como en el VAR a la búsqueda de reglamentar el ejercicio de la norma. Podría el Board pensar en encontrarle una solución a estos casos que por cierto despiertan enormes polémicas.

Se me ocurre que el final del encuentro debe ser realizado cuando la pelota esté fuera del terreno de juego o en las áreas en posesión pacifica de la defensa o en el centro del campo.

Entiendo que estos agregados que sirven con carácter internacional tienen características de soft law, más bien como recomendaciones o directrices que puedan recibir los jueces del futbol para desempeñar sus tareas en el campo con mayor flexibilidad, del legislador, del ente rector o bien de quienes observan sus actuaciones.

Las normas están sujetas a ser modificadas en cuanto puedan generar una mayor satisfacción a quienes deben cumplirlas. Es importante que nunca se las considere como parciales e injustas para determinados sectores y mucho menos erga omnes.

La reglamentación del ejercicio de estas normativas viene a completar el deber ser del cumplimiento de las mismas. El saber las formas y condiciones a las que nos podemos adecuar para estar siempre en lo correcto.

Ella la ley, la reina de las fuentes, la más importante del derecho, que en el caso del derecho deportivo se pronuncia para ser aplicada en el ámbito de la competencia como este caso, pero que también se muestra para llevar tranquilidad, seguridad y confianza a todas las otras personas que fuera del terreno de juego participan como simpatizantes, o dirigentes, o partes interesadas en el apasionante desenlace de una competencia.

 

José Emilio Jozami
Mediador Externo de la FIFA y Alumni del Programa Ejecutivo en Compliance en el Deporte